De afijos y marcas

La trayectoria y el trabajo, por encima de cualquier picaresca

Desde el inicio de la cinofilia, al igual que sucede en cualquier otra actividad que implique la cria regulada y registrada de animales, se ha utilizado el afijo como forma de distinción y pervivencia documental de la labor de los criadores.

Puede entenderse el afijo como un nombre o marca de cada criador. Precisamente para evitar duplicidades o parecidos excesivos o demasiado evidentes, todas las ONC pertenecientes a la FCI comparten un registro de afijos único que, además, puede ser consultado a través del enlace http://fci.be/es/affixes/ 

El procedimiento para solicitar un afijo de la FCI es sencillo. Basta con rellenar el impreso adecuado, eligiendo tres nombres, por orden de preferencia, y pagar, en el caso de España, la tasa de 108,40 € (socios) o 139,60 € (no socios). La RSCE envía dicho formulario directamente a la FCI para que esta compruebe si el afijo ya existe en su registro, o hay otro tan parecido que pueda llevar al equívoco.

A pesar de que todos los afijos terminan siendo reconocidos por la FCI (en el caso de las ONC miembro de la organización, no todas operan de igual forma). Por referirnos a algunas de las más próximas, en el caso de Portugal se pueden elegir dos nombres en el formulario y la tasa a pagar es de 260,00 €. En el caso de Italia, para solicitar el afijo es necesario ser propietario de, al menos, dos perros de la raza para la que se pide y haber inscrito, al menos, dos camadas de dicha raza en los últimos 5 años. Además se pide, entre otras cosas, una certificación de no haber sido condenado por maltrato animal y otras, por parte de la propia ENCI, de no haber recibido sanciones disciplinarias en los últimos 10 años. Además de todo esto, en Italia la petición del afijo cuesta 637,50 € a los que habría que añadir 318,50 € en caso de pedirse a nombre de más de una persona, para cada una de las personas adicionales.

En Francia también se exige el certificado de no haber sido condenado por maltrato animal. Aquí, además, el procedimiento es muy diferente ya que la SCC envía las solicitudes a cada Club de Raza para que dictaminen si están o no de acuerdo en que el solicitante de turno reciba el afijo. Si la respuesta es favorable, se revisa que no exista ya el afijo en el registro nacional y después se envía a la FCI.

Este paso, el control del registro nacional, se da en aquellos países en los que se puede elegir por tener un afijo nacional o internacional, como es también el caso de Alemania. Cuando esto sucede, se cobran dos tasas, una por el nacional y otra adicional por el internacional. En el caso de Alemania son directamente los Clubs de Raza (si hay) quienes hacen y cobran este trámite.

Existen además convenios de cooperación con otras entidades o asociaciones amigas, a nivel mundial, para garantizar esa singularidad de los afijos. Algunas organizaciones, como el Kennel Club inglés, cuentan incluso con la posibilidad de establecer una protección especial (previo pago) cuando se trata de lo que ellos denominan un «afijo histórico». Habitualmente esta protección es demandada por los Clubs de Raza, para evitar que alguien se haga con un afijo que haya marcado el desarrollo de una raza determinada. Como norma general, el coste de solicitud de un afijo en el Reino Unido es de 70,00 libras (unos 80,00 €) a los que hay que sumar una cuota anual de mantenimiento de 20,00 libras (unos 22,50 €)

Se utilizan afijos o nombres de criador, no sólo en la cría de perros, sino también para los caballos, razas de vacas selectas, ovejas, y por supuesto gatos y otros animales de compañía. Se ha hecho así desde siempre y cualquier buen aficionado es capaz de reconocer la labor de un criador leyendo los afijos que se reflejan en su pedigree.

Pero siempre ha existido la picaresca y, aunque no es fácil, ha habido quien ha tratado de utilizar un nombre similar al de otro criador o, mucho más fácil de conseguir, ha incluído algún nombre de criador camuflado dentro del nombre oficial de sus perros, a veces como homenaje y otras muchas para crear cierta confusión. Obvia decir que más allá de conseguir una notoriedad inmerecida, lo que se hace es revelarse como criador arribista o que intenta aprovechar el trabajo de otros, por lo que dicha práctica rara vez va acompañada de un trabajo serio o exitoso.

Por eso mismo, si alguna asociación pretendiera, aduciendo desconocimiento, por ejemplo, de forma abierta consentir el registro de afijos preexistentes en otras entidades, en realidad estaría minando de forma muy seria su credibilidad a ojos de quienes de verdad consiguen que la cinofilia subsista: los criadores y los aficionados más avanzados.

No obstante, es preciso recordar que los afijos no son marcas comerciales. Para ello deberían estar registrados en el Registro Oficial de Patentes y Marcas y esto en muchos casos no sería posible.

Dejando de lado el coste de la operación, que en condiciones normales puede estar entorno a los 120,00 € con renovaciones cada 10 años, lo cierto es que muchos criadores eligen como afijo nombres genéricos, denominaciones geográficas de comarcas, parajes o ciudades, e incluso marcas comerciales o una adaptación de estas, nombres de programas o personajes televisivos, películas, cine, actores, etc… En todos esos casos, el registro de la marca será siempre rechazado y hasta es posible que derive en un proceso instado por los agentes de todas esas marcas que están siempre pendientes de las posibles nuevas a incluirse en el registro, para oponerse llegado el caso.

También se debe ser consciente que el registro de una marca dota de un mecanismo de protección legal pero que éste sólo será efectivo en el caso de que el interesado lo ejerza. Es decir, por mucho que registremos nuestro afijo, si algún pícaro (por no usar otras expresiones) decide usar el mismo en otra asociación, si nos damos cuenta o tenemos noticia de ello tendremos que iniciar las pertinentes actuaciones legales, con el consiguiente gasto de tiempo y dinero, para lograr que decaiga el uso fraudulento de nuestro nombre, si el juez de turno así lo estima.

En definitiva, como nuestras madres y abuelas nos decían, las prisas son malas consejeras y los atajos son para los vagos. Aquel que pretenda obtener un beneficio del uso de un afijo que ya exista estará haciendo el mismo papel que los que visten con falsificaciones de marcas y pretenden hacerlas pasar por reales: el mayor de los ridículos, además de quedar ante los ojos del mundo cinófilo como unos tramposos y aprovechados choricetes, incapaces de labrarse un prestigio por si mismo.

Si dicha forma de actuar estuviere, además, promovida o apoyada por parte de alguna entidad o asociación, el ridículo será aún mayor, pues no cabe mayor desprestigio para quien se instituye como garante de una crianza registrada y fidedigna, que amparar o promover los engaños por un mero afán recaudatorio.

Aún así, esta polémica creada últimamente, nos lleva a buscar posibles vías que garanticen una mayor y mejor protección de la identidad de nuestros criadores, y en ello estamos, pero sin dejar de volver a recordar que aquellos criadores que tienen un afijo RSCE/FCI pueden estar seguros de que ningún ejemplar con el mismo afijo que no sea registrado con el nombre del titular de dicho afijo como criador, será inscrito con dicho nombre en el LOE, pues para ello existe una Comisión que trabaja de forma exhaustiva y permanente para garantizar la integridad y fidelidad de nuestros libros.

Y dicho todo esto, ¿de verdad hay alguien que prefiere ser la copia antes que el original?… Sólo se pretende apagar aquello que brilla.

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